Ecologistas en Acción rechaza la declaración de Interés Comunitaria (DIC) solicitada al considerar que afectará a suelo protegido en el vigente Plan General Municipal de Ordenación Urbana (PGMOU) y al preverse proteger casi la totalidad del suelo afectado en el nuevo Plan General de Alicante actualmente en tramitación.
Mediante estas alegaciones, la organización ecologista pide que no se apruebe la DIC solicitada por la mercantil Circuito de Alicante, SL para construir sobre los montes de las Atalayas del Bacarot un circuito de velocidad para albergar competiciones deportivas de automovilismo y motociclismo sobre casi 190.000 m2 calificados como suelo no urbanizable, en su mayor parte clasificados como suelo rústico excepto unos 5.000 m2 clasificados como hito protegido en la zona más elevada. Consideran que la inclusión de esos 5.000 m2 en el ámbito de la DIC es ilegal, ya que una DIC según la Ley 10/2004 del Suelo No Urbanizable solo puede autorizarse por la Generalitat Valenciana en suelo no urbanizable común, y nunca puede afectar a suelo no urbanizable protegido.
También exponen que el impacto paisajístico y ambiental de esta actuación sería brutal, al tener que desbrozarse y desmontarse buena parte de los terrenos afectados para albergar tanto la pista de algo más de 2 kilómetros de longitud como dos aparcamientos y las edificaciones previstas. Casi la totalidad del suelo afectado está considerado como forestal y alberga hábitats de interés comunitario, incluso prioritarios protegidos por la Directiva Europea.
El inventario de flora y vegetación es muy pobre y no refleja la realidad botánica de la parcela donde aparecen hábitats y especies protegidas por la Directiva Europea. Además todos los terrenos del ámbito de la DIC están catalogados como forestales en el inventario forestal de la Comunidad Valenciana. Se citan únicamente cuatro especies, obviando especies tan representativas como el cantahueso (Thymus moroderi) o el rabo de gato alicantino (Sideritis leucantha subsp leucantha).En relación a la fauna, el inventario tampoco recoge la presencia cercana de una pareja nidificante de Águila-azor perdicera (Aquila fasciata), especie con el máximo interés y nivel de protección.
Por tanto, Ecologistas en Acción considera que el proyecto debería someterse a evaluación de impacto ambiental, ya que las pistas permanentes de carreras y de pruebas para vehículos motorizados están incluidos en el Anexo II del RDL 1/2008, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Impacto Ambiental y por la entidad del proyecto. La solicitud no cuenta ni con estudio de impacto ambiental (EIA) ni con estudio de afección al patrimonio cultural valenciano
Por último, la organización ecologista quiere señalar el previsible incremento de la contaminación acústica que supondría el funcionamiento del circuito de velocidad, afectando a viviendas cercanas situadas en la partida rural de Bacarot. Ese estudio que es obligatorio según la Ley 7/2002, de Protección contra la contaminación acústica, se debería adjuntar al Estudio de Impacto Ambiental.
Documentos adjuntos
- Documento de alegaciones (PDF – 25.8 KB)